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Copago en la SS

¿Alguien podria decirme que regulacion /leyes establece el copago farmaceutico segun el grado de ingresos?

Mis ingresos no alcanzan para hacer declaracion de la renta y sin embargo tengo copago, cuando antes no lo tenia.

Gracias!


Comentarios

  • La sanidad está delegada a las comunicaciones autónomas. Yo cuando estoy parado no pago nada, si trabajo sí independiente de los ingresos. Siempre se aplica el mismo copago
  • Efectivamente depende de la CCAA.
    Yo en Andalucia no pago porque estoy parada y no tengo ninguna prestación ( me denegaron la de mayores de 52 y tengo juicio en junio pero mientras no cobro nada). Antes, parada con paro ( de mierda, 500€) sí pagaba. Por ejemplo, unos 5€ por caja de insulina.
    DM 2 con páncreas agotado desde diciembre 2020. 51 años entonces.
    HG diciembre 2020: 15.9. Última HG: enero 2024 5.9.
    Abasaglar 9 unidades. Metformina, 1000/0/1000. Humalog junior: 2 unid en desayuno y luego en función de lo que coma.
  • Muchas gracias. Quedaria saber la legislacion del copago. Entiendo que las tarifas de copago deben ser iguales en todas las comunidades porque en la mia yo tambien creo que me la aplican igual.
  • Efectivamente depende de la CCAA.
    Yo en Andalucia no pago porque estoy parada y no tengo ninguna prestación ( me denegaron la de mayores de 52 y tengo juicio en junio pero mientras no cobro nada). Antes, parada con paro ( de mierda, 500€) sí pagaba. Por ejemplo, unos 5€ por caja de insulina.

    En la comunidad Valenciana parado aunque cobres subsidio, paro, imv... No pagas nada. Sólo cuando estás trabajando aunque sea sólo un mes.
  • pino7070 dijo:

    hola!te mando una página donde viene explicado
    https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/cuanto-tengo-pagar-mis-medicamentos
    Espero q te ayude

    muchas gracias
  • FerFer
    En España, el sistema de copago farmacéutico se establece mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado y la normativa autonómica correspondiente. La cantidad que debes pagar por tus medicamentos depende de tu nivel de ingresos y de si eres pensionista o no.

    Si tus ingresos no superan el umbral establecido por el gobierno, es posible que tengas derecho a una exención total o parcial del copago farmacéutico. Para solicitar esta exención, debes presentar tu certificado de empadronamiento y tu declaración de la renta (si la tienes) en tu centro de salud.

    Si consideras que estás pagando más de lo que deberías, te recomendamos que hables con tu médico de cabecera o en el centro de salud correspondiente para solicitar información sobre las exenciones y cómo puedes solicitarlas.
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  • Fer dijo:

    En España, el sistema de copago farmacéutico se establece mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado y la normativa autonómica correspondiente. La cantidad que debes pagar por tus medicamentos depende de tu nivel de ingresos y de si eres pensionista o no.

    Si tus ingresos no superan el umbral establecido por el gobierno, es posible que tengas derecho a una exención total o parcial del copago farmacéutico. Para solicitar esta exención, debes presentar tu certificado de empadronamiento y tu declaración de la renta (si la tienes) en tu centro de salud.

    Si consideras que estás pagando más de lo que deberías, te recomendamos que hables con tu médico de cabecera o en el centro de salud correspondiente para solicitar información sobre las exenciones y cómo puedes solicitarlas.

    Yo no tuve que hacer nada para dejar de pagar en la farmacia. Ya tienen ellas la información.
    DM 2 con páncreas agotado desde diciembre 2020. 51 años entonces.
    HG diciembre 2020: 15.9. Última HG: enero 2024 5.9.
    Abasaglar 9 unidades. Metformina, 1000/0/1000. Humalog junior: 2 unid en desayuno y luego en función de lo que coma.
  • Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

    Artículo 4. Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

    En el punto Trece. Se añade un nuevo artículo 94 bis, que tendrá la siguiente redacción:

    «Artículo 94 bis. Aportación de los beneficiarios y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria....

    En resumen, las aportaciones las establece a nivel nacional la Ley del Medicamento, y fueron retocadas en 2012 a los niveles actuales. Las Comunidades Autonomas las cobran pero se basan en la informacion que suministra la Agencia Tributaria.
  • Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

    Artículo 4. Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

    En el punto Trece. Se añade un nuevo artículo 94 bis, que tendrá la siguiente redacción:

    «Artículo 94 bis. Aportación de los beneficiarios y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria....

    En resumen, las aportaciones las establece a nivel nacional la Ley del Medicamento, y fueron retocadas en 2012 a los niveles actuales. Las Comunidades Autonomas las cobran pero se basan en la informacion que suministra la Agencia Tributaria.

    La agencia tributaria sabe q no cobro y la SS me cobra
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